Os recuerdo el plazo para fraccionar el IBI finaliza el 31 de Marzo, tan solo tienes que acudir al Ayuntamiento con tu D.N.I y solicitar el pago en cuatro cuotas.
Instrucciones para fraccionar el pago del IBI
- Solo se aplica al IBI (rústica y urbana)
- El fraccionamiento es por deuda individualizada (por cada recibo) que supere los 100,00 euros. No vale la deuda acumulada por contribuyente.
- Es obligatorio domiciliar el recibo. Si ya está domiciliado podrán marcarlo así en el formulario pero HAY QUE COMPROBAR que efectivamente está domiciliado para evitar problemas posteriores.
- El plazo para solicitarlo será desde el 2 de enero al 31 de marzo de 2012
- En 2012 los recibos que se acojan a este sistema se pagarán del siguiente modo:
- 4 de septiembre de 2012: 25 %
- 4 de octubre de 2012: 25 %
- 5 de noviembre de 2012: 25 %
- 5 de diciembre de 2012: 25 %
- Es importante señalar que este sistema se mantiene mientras el interesado no lo revoque, por lo que no hace falta solicitarlo nuevamente.
- También señalar que si se devuelve cualquier recibo PASA A EJECUTIVA (solo ese recibo), por lo que se pierde la bonificación del mismo y deberá pagarse con los recargos e intereses de aplicación.